Propuesta económica y oferta

Cómo estructurar la propuesta económica en SECOP II sin que se la rechacen

Miguel Mercado Aristizábal

La propuesta económica se rechaza, casi siempre, por errores evitables: modificar el Formulario 1, exceder el presupuesto oficial o no justificar un precio que la entidad considera artificialmente bajo. Estructurarla bien significa diligenciar el formato sin alterarlo, que la lista de precios en SECOP II coincida exactamente con su anexo, y sustentar sus precios cuando se lo pidan.

Después de semanas armando una oferta, perderla por un decimal mal puesto o por cambiar una celda que no se podía tocar es la frustración más común en la contratación estatal. La buena noticia: la mayoría de esos errores son conocidos y prevenibles. Esta guía recorre los que cuestan la adjudicación.

¿Qué es la propuesta económica y por qué es el punto de mayor riesgo?

La propuesta económica es el documento donde usted ofrece el precio por el que ejecutaría el contrato, discriminando los costos. En los procesos que usan Documentos Tipo, se presenta en el Formulario 1 – Presupuesto Oficial y Propuesta Económica.

Es el punto de mayor riesgo porque sus reglas son rígidas y muchos de sus errores son insubsanables: no se corrigen después y le cuestan el proceso de inmediato. A diferencia de un certificado que puede aportar más tarde, un error en el precio o en el formato suele ser definitivo.

¿Cuándo es obligatorio el Formulario 1?

Los Documentos Tipo son parámetros obligatorios e inalterables para los pliegos: fijan los requisitos habilitantes y los factores técnicos, económicos y de escogencia. El Formulario 1 es de uso obligatorio en los procesos de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía para obras públicas de infraestructura de transporte (Decreto 1082 de 2015, art. 2.2.1.2.6.1.2; Resoluciones 240 y 241 de 2020, 094 de 2020 y 465 de 2024 de Colombia Compra Eficiente; Concepto C-549 de 2022 de la CCE).

¿Cómo se diligencia el Formulario 1 sin cometer errores?

Tres reglas que debe respetar al pie de la letra:

1. Incluya todos los costos y discrimine el AIU. Registre el valor ofrecido en pesos colombianos para cada ítem, contemplando todos los costos directos e indirectos, y discrimine obligatoriamente el porcentaje (%) del AIU —Administración, Imprevistos y Utilidad— sin que la sumatoria supere el total definido por la entidad (Documento Base de Licitación, versión 3, numeral 4.1).

2. No altere el formato. Está estrictamente prohibido adicionar, suprimir, cambiar o modificar los ítems, la descripción, las especificaciones, el detalle, las unidades o las cantidades establecidas en el Formulario 1. Hacerlo es causal directa de rechazo (Documento Base de Licitación, numeral 1.15, Causal O; Concepto C-549 de 2022 de la CCE).

3. Haga que SECOP II coincida con su anexo. En SECOP II la información se registra en el cuestionario electrónico de lista de precios, que debe coincidir exactamente con el documento anexo que usted soporta. Si no coinciden, la oferta se rechaza.

¿Qué errores hacen que le rechacen la oferta económica?

No todo error es fatal. La clave está en distinguir lo insubsanable de lo corregible (Ley 1882 de 2018, que adicionó el Parágrafo 1 al artículo 30 de la Ley 80; Documento Base de Licitación, numerales 1.15 y 4.1.2):

Situación ¿Se puede arreglar?
Exceder el presupuesto oficial estimado No → rechazo
Modificar el Formulario 1 (cambiar, agregar o quitar ítems, unidades o cantidades) No → rechazo (Causal O)
Que la lista de precios en SECOP II no coincida con el anexo No → rechazo
Omitir un documento que otorga puntaje No se subsana (afecta el puntaje)
Error aritmético puramente de cálculo Sí → lo corrige la propia entidad
Ajustes por redondeo de decimales Sí → lo corrige la propia entidad

Tenga clara la diferencia: un error aritmético de cálculo no lo deja por fuera, porque la entidad lo corrige. Lo que lo deja por fuera es pasarse del presupuesto o tocar el formato.

¿Qué es un precio artificialmente bajo y cómo evitarlo?

Es una oferta cuyo precio resulta tan reducido que no parece suficiente para garantizar la correcta ejecución del contrato, frente a lo determinado en la planeación y el estudio del sector.

Cuando la entidad detecta una oferta significativamente inferior —por ejemplo, con una variación del 20% o más respecto al costo estimado, o por debajo de la desviación estándar—, debe pedirle justificación durante la evaluación. Si usted no responde, entrega información incompleta o sus aclaraciones no demuestran de forma satisfactoria que puede sostener esos precios, la entidad rechaza la oferta (Decreto 1082 de 2015, art. 2.2.1.1.2.2.4; Guía para el manejo de ofertas artificialmente bajas de la CCE).

Por eso bajar el precio para "asegurar" la adjudicación es una estrategia peligrosa: o le piden justificarlo y no puede, o gana un contrato que ejecutará con pérdidas.

¿Cómo y cuándo cierra el proceso en SECOP II?

El cierre ocurre exactamente cuando el cronómetro de la plataforma llega a cero, en la fecha y hora del cronograma oficial. A partir de ese momento, SECOP II bloquea los accesos y su propuesta queda inmodificable e irretirable (Guía rápida para presentación de ofertas en el SECOP II; Documento Base de Licitación, numerales 1.18 y 2.4).

Además, la plataforma opera de forma cifrada: mantiene en sigilo las propuestas hasta la fecha de apertura, cuando la entidad hace clic en "publicar ofertas" para que sean visibles. Conclusión práctica: cargue y verifique su oferta con holgura. Un segundo tarde es lo mismo que no presentarse.

Cómo Fromus evita que pierda por la propuesta económica

Aquí es donde una alerta no le sirve de nada. Fromus revisa su propuesta económica antes de que la presente: valida que no se pase del presupuesto oficial, que la lista de precios coincida con su anexo y que el AIU esté bien discriminado, y le advierte si su precio está en zona de riesgo de baja temeraria. En lugar de descubrir el error cuando lo rechazan, lo corrige antes del cierre.

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Preguntas frecuentes

¿Qué errores de la propuesta económica son insubsanables en SECOP II? Exceder el presupuesto oficial estimado y modificar el Formulario 1 (cambiar, agregar o quitar ítems, unidades o cantidades). También que la lista de precios en SECOP II no coincida con el anexo soportado. Estos llevan al rechazo de la oferta.

¿Un error aritmético hace que me rechacen la oferta? No. Un error puramente de cálculo, así como los ajustes por redondeo de decimales, los corrige la propia entidad estatal y no es causal automática de rechazo (Ley 1882 de 2018).

¿Qué es el AIU en una propuesta económica? Es el porcentaje que agrupa la Administración, los Imprevistos y la Utilidad del contratista. En obra debe discriminarse en el Formulario 1, sin que la suma de los costos supere el total definido por la entidad.

¿Qué pasa si mi oferta es la más barata? Si la entidad la considera artificialmente baja, debe pedirle justificación. Si no demuestra que puede sostener esos precios y cumplir el contrato, le rechazan la oferta (Decreto 1082 de 2015).

¿Puedo modificar mi propuesta después del cierre en SECOP II? No. Cuando el cronómetro llega a cero, la plataforma bloquea el acceso y la propuesta queda inmodificable e irretirable.


Por Miguel Mercado Aristizábal. (Ver bio del autor en la cabecera.)

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